¿Puedo solicitar ejecución de sentencia yo misma sin abogado?

Entiendo perfectamente tu preocupación si te estás preguntando ¿Puedo solicitar ejecución de sentencia yo misma sin abogado? Después de años asesorando a personas en tu situación, puedo asegurarte que es una duda muy común cuando enfrentas impagos de pensiones. Te prometo que en este artículo encontrarás respuestas claras sobre tus opciones legales y los pasos a seguir, sin tecnicismos innecesarios.

¿Es posible tramitar una ejecución de sentencia sin representación legal?

La respuesta corta es: sí, pero con matices importantes. La Ley de Enjuiciamiento Civil permite que, en determinados casos, puedas solicitar la ejecución de una sentencia sin necesidad de abogado ni procurador. Sin embargo, como abogado especializado en estos temas, debo advertirte que el camino no está exento de complejidades.

En mi experiencia, muchas personas que deciden iniciar este proceso por su cuenta terminan encontrándose con obstáculos procedimentales que no anticiparon. La ejecución de sentencias, especialmente en casos de pensiones alimenticias o compensatorias, implica conocer no solo los formularios adecuados, sino también los plazos, requisitos y la forma correcta de presentar la documentación.

Cuando una madre o un padre se enfrenta a meses de impago, cada día cuenta. El tiempo que puedes perder intentando descifrar el procedimiento judicial podría traducirse en más dificultades económicas para ti y tus hijos. Como me dijo una vez una clienta: «Pensé que ahorraría dinero haciéndolo yo misma, pero terminé perdiendo tres meses en los que podría haber recibido ya la pensión».

Casos en los que puedo ejecutar una sentencia sin abogado

La legislación española contempla situaciones específicas en las que puedes actuar sin representación profesional. Según el artículo 539.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, no es preceptiva la intervención de abogado y procurador para solicitar la ejecución de resoluciones judiciales cuando la cantidad reclamada no exceda de 2.000 euros.

Esta excepción puede aplicarse en los siguientes casos:

  • Cuando la cuantía total de lo reclamado es inferior a 2.000€
  • En juicios verbales por razón de la cuantía, cuando esta no exceda de 2.000€
  • Para la petición inicial de los procedimientos monitorios

Sin embargo, es fundamental entender que en materia de pensiones alimenticias impagadas, la cuantía se calcula sumando todas las mensualidades adeudadas. Por ejemplo, si tu ex debe 400€ mensuales durante 6 meses, la cantidad total sería 2.400€, superando ya el límite para actuar sin abogado.

Además, aunque inicialmente no necesites representación, si la otra parte se opone o el procedimiento se complica, el juzgado podría requerir que designes abogado y procurador para continuar con el proceso.

Documentación necesaria para solicitar la ejecución por tu cuenta

Si decides aventurarte a tramitar la ejecución sin asistencia letrada, necesitarás preparar cuidadosamente estos documentos:

  • Copia de la sentencia o resolución judicial que establece la pensión
  • Justificantes de los impagos (extractos bancarios, recibos, etc.)
  • Escrito de solicitud de ejecución (disponible en algunos juzgados)
  • Tu identificación personal (DNI o NIE)
  • Datos completos del deudor (incluyendo domicilio actual si lo conoces)

La clave está en presentar un escrito claro y ordenado. Recuerdo el caso de Marta, quien tras cinco meses sin recibir la pensión de sus dos hijos, preparó meticulosamente toda su documentación, organizándola cronológicamente. Aunque finalmente decidió contar con asesoramiento legal, su organización previa facilitó enormemente el proceso.

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Riesgos de ejecutar una sentencia sin representación profesional

Después de ayudar a cientos de personas a recuperar pensiones impagadas, he identificado varios riesgos importantes que debes considerar antes de decidir actuar por tu cuenta:

  1. Errores procedimentales: Un simple error en la forma de presentar la solicitud puede provocar que sea inadmitida, retrasando todo el proceso.
  2. Desconocimiento de medidas efectivas: Quizás no conozcas todas las medidas de embargo disponibles (nómina, cuentas bancarias, devoluciones fiscales, etc.).
  3. Dificultad para responder a oposiciones: Si el deudor se opone a la ejecución, necesitarás conocimientos jurídicos para rebatir sus argumentos.
  4. Pérdida de tiempo valioso: Los retrasos causados por errores formales pueden prolongar una situación económica ya difícil.

Lo que realmente funciona en estos casos es contar con alguien que conozca el terreno. Como me dijo un cliente tras intentarlo por su cuenta: «Perdí tres meses en trámites que un abogado habría resuelto en semanas. Al final, el coste emocional y económico fue mayor que los honorarios que intentaba ahorrar».

En mi despacho he visto casos donde la persona, tras varios intentos frustrados de ejecutar la sentencia por sí misma, acude finalmente a un profesional, pero habiendo perdido ya un tiempo precioso. En asuntos de pensiones alimenticias, cada mes cuenta, especialmente cuando hay menores cuyas necesidades no pueden esperar.

Alternativas a la ejecución sin abogado

¿Quieres saber qué opciones tienes si no puedes permitirte un abogado particular? Existen alternativas que deberías conocer:

  • Justicia Gratuita: Si tus ingresos no superan determinados límites (aproximadamente el doble del IPREM), puedes solicitar asistencia jurídica gratuita en el Colegio de Abogados de tu provincia.
  • Servicios de Orientación Jurídica: Muchos ayuntamientos y comunidades autónomas ofrecen servicios gratuitos de orientación legal que pueden ayudarte a iniciar el proceso.
  • Asociaciones especializadas: Existen organizaciones que brindan asesoramiento en casos de impago de pensiones, algunas específicamente para mujeres en situación vulnerable.

Ana, una clienta que finalmente accedió a justicia gratuita, me confesó: «Pasé meses angustiada pensando que no podría reclamar lo que le correspondía a mi hija. No sabía que tenía derecho a un abogado de oficio que gestionara todo el proceso».

Pasos para solicitar la ejecución de sentencia por impago de pensiones

Si después de valorar los pros y contras decides tramitar la ejecución por tu cuenta, estos son los pasos que deberás seguir:

  1. Preparar la documentación: Reúne la sentencia, pruebas de impago y todos los documentos mencionados anteriormente.
  2. Redactar la solicitud: Elabora un escrito dirigido al juzgado que dictó la sentencia, indicando claramente las cantidades adeudadas y desde cuándo.
  3. Presentar la demanda ejecutiva: Acude al juzgado correspondiente (el mismo que dictó la sentencia original) y presenta toda la documentación.
  4. Seguimiento: Deberás estar pendiente de las notificaciones del juzgado y responder en tiempo y forma a cualquier requerimiento.
  5. Solicitar medidas concretas: Puedes pedir específicamente el embargo de nómina, cuentas bancarias u otros bienes del deudor.

Recuerda que según el artículo 227 del Código Penal, el impago reiterado de pensiones alimenticias puede constituir un delito de abandono de familia, con penas que incluyen prisión de tres meses a un año o multa. En casos graves, puedes plantear una denuncia penal paralela a la ejecución civil.

Preguntas frecuentes sobre la ejecución de sentencias sin abogado

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar por impagos de pensiones?

Dispones de cinco años para reclamar las pensiones impagadas, según establece el artículo 1966 del Código Civil. Este plazo se cuenta desde que cada mensualidad debió ser abonada. Sin embargo, no recomiendo esperar tanto tiempo. En mi experiencia, cuanto más reciente es el impago, más fácil resulta su recuperación. Además, si el impago es continuado, podrías considerar la vía penal por abandono de familia, donde los plazos son diferentes.

¿Puede mi ex ir a la cárcel por no pagar la pensión alimenticia?

Sí, es posible, aunque no es automático. El impago reiterado y deliberado de pensiones alimenticias constituye un delito tipificado en el artículo 227 del Código Penal, con penas de tres meses a un año de prisión. Sin embargo, en la práctica, si el deudor no tiene antecedentes penales, es más probable que se le imponga una multa. La prisión suele reservarse para casos graves o reincidentes. Lo que sí ocurre habitualmente es que la amenaza de un proceso penal motiva a muchos deudores a regularizar su situación.

¿Cómo embargo la nómina por impago de pensión sin abogado?

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Para embargar una nómina sin representación legal (en los casos permitidos), debes incluir esta petición específica en tu solicitud de ejecución, aportando todos los datos que conozcas sobre el empleador de tu ex pareja. El juzgado, si admite la ejecución, oficiará a la empresa para que retenga la parte correspondiente del salario según las escalas legales. Ten en cuenta que no se puede embargar la totalidad del sueldo, sino un porcentaje que varía según la cuantía y si supera o no el Salario Mínimo Interprofesional. Este proceso requiere seguimiento, ya que la empresa debe informar periódicamente al juzgado sobre las cantidades retenidas.

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Conclusión: ¿Merece la pena ejecutar una sentencia sin abogado?

Aunque legalmente puedes solicitar la ejecución de sentencia sin abogado en determinados casos, mi experiencia profesional me lleva a recomendarte que valores cuidadosamente esta decisión. El ahorro inicial puede convertirse en un coste mayor a largo plazo, tanto económico como emocional.

Si te encuentras en una situación económica difícil, explora las opciones de justicia gratuita antes de aventurarte sola en el complejo sistema judicial. Recuerda que el bienestar de tus hijos depende de que esas pensiones se cobren de manera efectiva y en el menor tiempo posible.

No dudes en contactar con profesionales especializados para una valoración inicial de tu caso, muchas veces gratuita, que te ayudará a tomar la mejor decisión para ti y tu familia.

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Pablo Ródenas

Abogado ejerciente del ICAM con más de 15 años de experiencia. Colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, colegiado número de colegiado 128.064. Especializado en penal, familia e inmobiliario Actual Director del bufete Ródenas Abogados y Asociados S.L.U. Licenciado en Derecho por la Universidad Instituto de Estudios Bursátiles (I.E.B.) con Máster de Acceso a la Abogacía.

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