¿La pensión provisional se puede reclamar si luego no se paga?

Si estás enfrentando la difícil situación donde la pensión provisional se puede reclamar si luego no se paga, comprendo perfectamente tu preocupación y frustración. Después de más de 15 años asesorando a personas en tu misma situación, puedo asegurarte que existen mecanismos legales efectivos para hacer valer tus derechos y los de tus hijos. En este artículo, te guiaré paso a paso sobre cómo actuar cuando te enfrentas al impago de una pensión provisional.

¿Qué es una pensión provisional y por qué es legalmente exigible?

La pensión provisional es aquella que se establece durante la tramitación de un procedimiento judicial, antes de que exista una sentencia firme. Se trata de una medida cautelar esencial que busca garantizar la subsistencia de la parte más vulnerable (generalmente hijos menores o cónyuge con desequilibrio económico) mientras se resuelve definitivamente el proceso.

Como abogado especializado, he visto cómo muchas personas dudan sobre si pueden reclamar estas pensiones provisionales cuando no se pagan. La respuesta es contundente: sí, no solo se pueden sino que deben reclamarse. El carácter «provisional» no resta un ápice a su obligatoriedad legal. De hecho, el art. 776 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece mecanismos específicos para la ejecución de estas medidas.

La clave está en actuar rápido. En mi experiencia, cada mes que pasa sin reclamar es un mensaje implícito al deudor de que puede seguir incumpliendo sin consecuencias.

Mecanismos legales para reclamar cuando no se paga la pensión provisional

Cuando te enfrentas al impago de una pensión provisional, el ordenamiento jurídico español te ofrece diversas vías para hacer efectivo tu derecho:

  • Procedimiento de ejecución de medidas: Es la vía más directa y eficaz
  • Denuncia por abandono de familia: En casos de impago reiterado
  • Solicitud de medidas cautelares adicionales: Para garantizar pagos futuros

El procedimiento de ejecución de medidas es particularmente efectivo. A través de él, puedes solicitar no solo el pago de las cantidades adeudadas, sino también los intereses legales correspondientes (art. 576 LEC). Además, se pueden imponer multas coercitivas al deudor para forzar el cumplimiento.

¿Quieres saber qué hacer exactamente? Lo primero es recopilar todas las pruebas del impago: extractos bancarios, comunicaciones donde se reconozca la deuda, o simplemente la ausencia de transferencias en las fechas establecidas. Con esta documentación, tu abogado podrá presentar la demanda ejecutiva correspondiente.

La vía civil: procedimiento de ejecución

El procedimiento civil de ejecución es el camino más habitual para reclamar pensiones provisionales impagadas. Este proceso permite:

  • Reclamar todas las mensualidades adeudadas de una vez
  • Solicitar el embargo de bienes, cuentas bancarias o salarios del deudor
  • Obtener información patrimonial del obligado al pago

Una ventaja importante de esta vía es que, una vez presentada la demanda ejecutiva, el juzgado puede acordar el embargo preventivo inmediato de bienes del deudor por la cantidad reclamada más un 30% adicional para intereses y costas. He visto casos donde, tras años de impago, mis clientes han podido recuperar íntegramente las cantidades adeudadas mediante el embargo de cuentas bancarias o nóminas.

La vía penal: el delito de abandono de familia

Cuando el impago de la pensión provisional es reiterado y consciente, podemos estar ante un delito de abandono de familia tipificado en el art. 227 del Código Penal. Para que se considere delito, el impago debe:

  • Producirse durante dos meses consecutivos o cuatro no consecutivos
  • Ser voluntario (no justificado por imposibilidad económica real)
  • Afectar a pensiones establecidas judicialmente (incluidas las provisionales)

Te cuento lo que realmente funciona: la mera presentación de la denuncia penal suele tener un efecto disuasorio inmediato. En aproximadamente el 60% de los casos que he llevado, el deudor regulariza su situación antes incluso de la celebración del juicio, temeroso de las consecuencias penales que pueden incluir penas de prisión de tres meses a un año.

¿Se pueden reclamar pensiones provisionales atrasadas cuando ya existe sentencia definitiva?

Una duda frecuente es si se pueden reclamar pensiones provisionales impagadas cuando ya existe una sentencia definitiva que establece una pensión diferente. La respuesta es afirmativa. Las pensiones provisionales generan un derecho de crédito independiente que no se extingue por la emisión de la sentencia definitiva.

El Tribunal Supremo ha establecido claramente en su jurisprudencia (por ejemplo, en la STS 3542/2018 de 17 de octubre) que las medidas provisionales son plenamente exigibles durante todo el tiempo que estuvieron vigentes, independientemente de que posteriormente se hayan modificado mediante sentencia firme.

En mi práctica profesional he gestionado casos donde, tras obtener sentencia definitiva, hemos ejecutado con éxito el cobro de pensiones provisionales que llevaban años impagadas. El derecho a reclamar estas cantidades prescribe a los cinco años según establece el art. 1966 del Código Civil.

El acceso al Fondo de Garantía de Pensiones cuando no se paga la pensión provisional

Cuando todas las vías de reclamación directa al deudor resultan infructuosas, existe la posibilidad de solicitar el pago a través del Fondo de Garantía del Pago de Alimentos (FGPA). Este recurso está disponible también para las pensiones provisionales impagadas, siempre que cumplan ciertos requisitos:

  • Que exista una resolución judicial que reconozca el derecho a la pensión
  • Que se haya intentado la ejecución sin éxito
  • Que el beneficiario se encuentre en situación de necesidad económica

El FGPA puede adelantar hasta 18 mensualidades con un máximo de 100€ mensuales por beneficiario. Aunque pueda parecer una cantidad modesta, en situaciones críticas supone un alivio económico significativo mientras se continúan las acciones legales contra el deudor.

Es importante señalar que el Estado se subroga en el derecho de cobro frente al deudor, por lo que éste seguirá obligado a pagar, pero ahora frente a la Administración Pública, que dispone de mecanismos más potentes para el cobro de deudas.

Estrategias efectivas para asegurar el cobro futuro de pensiones provisionales

Además de reclamar lo ya adeudado, es fundamental establecer mecanismos que prevengan futuros impagos de la pensión provisional. Algunas estrategias que han demostrado ser efectivas son:

  • Solicitar la domiciliación bancaria obligatoria de los pagos
  • Pedir el establecimiento de garantías (hipotecarias, pignoración de activos, etc.)
  • Solicitar retenciones directas en nómina o pensiones del obligado

En casos especialmente conflictivos, he logrado que los juzgados establezcan sistemas de control periódico del cumplimiento, con apercibimientos expresos de consecuencias penales en caso de incumplimiento. Esta medida tiene un efecto disuasorio notable.

La experiencia me ha enseñado que la mejor estrategia es combinar firmeza legal con pragmatismo. A veces, negociar un calendario de pagos para regularizar atrasos puede ser más efectivo que un largo proceso judicial, siempre que existan garantías suficientes de cumplimiento.

Conclusión: actuar con rapidez y determinación

Cuando te enfrentas al impago de una pensión provisional, el tiempo juega en tu contra. Cada día que pasa sin reclamar es un mensaje implícito de que la obligación no es importante. Por ello, mi consejo más sincero es que actúes con rapidez y determinación.

Recuerda que no estás solo en este proceso. Los tribunales españoles son cada vez más sensibles a la problemática del impago de pensiones, especialmente cuando afecta a menores. Si estás sufriendo el impago de una pensión provisional, busca asesoramiento legal especializado cuanto antes para proteger tus derechos y los de tus hijos.

Preguntas frecuentes sobre el impago de pensiones provisionales

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar una pensión provisional impagada?

Dispones de un plazo de cinco años para reclamar judicialmente las pensiones provisionales impagadas, según establece el artículo 1966 del Código Civil. Este plazo comienza a contar desde el día en que debió realizarse cada pago. Sin embargo, recomiendo no esperar tanto tiempo, ya que cuanto más te demores, más difícil puede resultar el cobro efectivo.

¿Puede mi ex ir a la cárcel por no pagar la pensión provisional?

Sí, el impago reiterado de la pensión provisional puede constituir un delito de abandono de familia (art. 227 CP), castigado con penas de prisión de tres meses a un año o multa. Para que se considere delito, el impago debe ser voluntario (sin justificación económica real) y producirse durante dos meses consecutivos o cuatro no consecutivos. No obstante, en la práctica, las penas de prisión efectiva son poco frecuentes para primeros infractores, siendo más habituales las multas o penas suspendidas condicionadas al pago.

¿Qué documentación necesito para reclamar una pensión provisional impagada?

Para reclamar eficazmente necesitarás: la resolución judicial que establece la pensión provisional, pruebas del impago (extractos bancarios, requerimientos previos, etc.), un cálculo detallado de las cantidades adeudadas incluyendo intereses, y en su caso, documentación que acredite la situación de necesidad (especialmente relevante para acceder al FGPA). Además, es recomendable recopilar información sobre la capacidad económica del deudor (propiedades, trabajo, etc.) para facilitar posibles embargos.

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Pablo Ródenas

Abogado ejerciente del ICAM con más de 15 años de experiencia. Colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, colegiado número de colegiado 128.064. Especializado en penal, familia e inmobiliario Actual Director del bufete Ródenas Abogados y Asociados S.L.U. Licenciado en Derecho por la Universidad Instituto de Estudios Bursátiles (I.E.B.) con Máster de Acceso a la Abogacía.

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