¿Embargan solo la nómina mensual o también las pagas extras?

Entiendo perfectamente tu preocupación si te estás preguntando ¿Embargan solo la nómina mensual o también las pagas extras? cuando buscas recuperar pensiones impagadas. Como abogado especializado en estos casos, puedo asegurarte que tienes herramientas legales efectivas para hacer valer tus derechos y los de tus hijos. En este artículo te explicaré detalladamente qué puedes embargar y cómo hacerlo.

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¿Qué ingresos pueden embargarse en caso de impago de pensiones?

Cuando nos enfrentamos a la situación de impago de pensiones, una de las dudas más frecuentes es precisamente si el embargo afecta únicamente al salario mensual o si también incluye las pagas extraordinarias. La respuesta es clara: el embargo puede y debe aplicarse sobre todos los ingresos del deudor, incluidas las pagas extras.

La legislación española, concretamente en el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, establece que el embargo puede aplicarse sobre sueldos, salarios, pensiones, retribuciones o equivalentes. Esto significa que cualquier ingreso que perciba el deudor puede ser objeto de embargo, siempre respetando los límites legales establecidos para garantizar un mínimo de subsistencia.

En mi experiencia profesional, he comprobado que muchas personas desconocen que las pagas extraordinarias también son embargables, lo que puede suponer una importante fuente de recuperación de las cantidades adeudadas. No es raro ver casos donde los deudores intentan argumentar que las pagas extras deberían quedar excluidas, pero la jurisprudencia es consistente en este aspecto.

Embargo de pagas extraordinarias: ¿Cómo funciona en la práctica?

Cuando se ejecuta un embargo por impago de pensiones alimenticias o compensatorias, las pagas extraordinarias quedan automáticamente incluidas en la orden de embargo. Esto significa que cuando el deudor reciba sus pagas extras (típicamente en verano y Navidad), también se aplicará el porcentaje de embargo correspondiente sobre ellas.

Es importante destacar que el cálculo del porcentaje embargable se realiza de forma independiente para cada paga. Es decir, no se suma la paga extra al salario mensual para calcular el embargo, sino que se aplica el baremo legal de forma separada a cada uno de estos ingresos. Esto resulta beneficioso para quien reclama, ya que permite maximizar la cantidad recuperada.

Porcentajes legales de embargo aplicables

Los porcentajes de embargo están regulados por ley y se aplican de forma escalonada según la cuantía del salario. La escala es la siguiente:

  • Para la primera cuantía adicional hasta la que suponga el doble del SMI: 30%
  • Para la cuantía adicional hasta el triple del SMI: 50%
  • Para la cuantía adicional hasta el cuádruple del SMI: 60%
  • Para la cuantía adicional hasta el quíntuple del SMI: 75%
  • Para cualquier cantidad que exceda de la anterior: 90%

Es fundamental saber que en casos de reclamación de alimentos, estos porcentajes pueden incrementarse en un 10-15%, lo que supone una protección adicional para los hijos menores o personas dependientes. La clave está en actuar rápido y solicitar correctamente la ejecución del embargo.

¿El embargo de pagas extras afecta a todos los tipos de pensiones?

Una duda frecuente es si la posibilidad de embargar pagas extraordinarias aplica por igual a todos los tipos de pensiones. La respuesta es afirmativa: tanto para pensiones alimenticias como para pensiones compensatorias, las pagas extras son embargables.

Sin embargo, existe una diferencia importante en cuanto a la prioridad. Las pensiones alimenticias destinadas a hijos menores gozan de una protección especial y tienen prioridad absoluta frente a cualquier otro tipo de deuda, incluso frente a deudas con la Administración Pública. Esto está respaldado por el artículo 227 del Código Penal, que tipifica el abandono de familia como delito.

He visto casos donde la diferencia entre embargar solo la nómina mensual o incluir también las pagas extras ha sido determinante para garantizar el bienestar de los menores. Te cuento lo que realmente funciona: documentar meticulosamente todos los impagos y solicitar el embargo de forma expresa sobre todos los ingresos, especificando claramente las pagas extraordinarias.

Jurisprudencia sobre embargo de pagas extras

La jurisprudencia ha consolidado esta interpretación. Por ejemplo, la Sentencia del Tribunal Supremo 573/2016, de 29 de septiembre, estableció claramente que las pagas extraordinarias forman parte del salario y, por tanto, son susceptibles de embargo en las mismas condiciones que el salario ordinario.

Además, numerosas resoluciones de Audiencias Provinciales han confirmado que excluir las pagas extras del embargo supondría un perjuicio injustificado para el acreedor y facilitaría maniobras de elusión por parte del deudor, algo que el sistema judicial no permite.

Procedimiento para embargar nómina y pagas extraordinarias

Si te encuentras ante la situación de tener que embargar tanto la nómina mensual como las pagas extras de tu ex pareja por impago de pensiones, debes seguir estos pasos:

  1. Presentar demanda de ejecución: Debes interponer una demanda de ejecución de sentencia ante el juzgado que dictó la resolución que estableció la pensión.
  2. Especificar todos los ingresos: Es fundamental que en la demanda solicites expresamente el embargo de todos los ingresos, incluidas las pagas extraordinarias.
  3. Identificar al pagador: Deberás proporcionar los datos de la empresa o entidad que abona el salario al deudor.
  4. Notificación al pagador: Una vez acordado el embargo, el juzgado notificará a la empresa la orden de retención, que deberá aplicarse tanto a la nómina mensual como a las pagas extras.

¿Quieres saber qué hacer exactamente si tu ex intenta ocultar ingresos? Mi recomendación es solicitar al juzgado una investigación patrimonial completa que incluya todas las fuentes de ingresos del deudor. En ocasiones, descubrimos que existen complementos salariales o ingresos adicionales que también pueden ser objeto de embargo.

Alternativas cuando el embargo de nómina y pagas extras no es suficiente

En algunos casos, el embargo de la nómina y pagas extraordinarias puede no ser suficiente para cubrir la deuda acumulada por impago de pensiones. En estas situaciones, existen otras alternativas:

  • Embargo de cuentas bancarias: Se pueden embargar los saldos de las cuentas del deudor.
  • Embargo de otros bienes: Inmuebles, vehículos u otros activos propiedad del deudor.
  • Fondo de Garantía del Pago de Alimentos (FGPA): En casos de pensiones alimenticias para menores, puede solicitarse este adelanto estatal.
  • Vía penal: Denunciar por abandono de familia (art. 227 CP) cuando el impago es reiterado y voluntario.
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La combinación de estas medidas, junto con el embargo de todos los ingresos incluidas las pagas extras, suele ser la estrategia más efectiva para recuperar las cantidades adeudadas. No debes conformarte con un embargo parcial cuando la ley te permite acceder a todos los ingresos del deudor.

Preguntas frecuentes sobre el embargo de nóminas y pagas extras

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar el embargo de pagas extras por impago de pensiones?

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Dispones de un plazo de cinco años para reclamar las pensiones impagadas según establece el artículo 1966 del Código Civil. Sin embargo, es recomendable actuar lo antes posible, ya que cuanto más tiempo pase, más difícil puede resultar la recuperación. Además, en caso de pensiones alimenticias a menores, el impago continuado puede constituir un delito de abandono de familia si supera los dos meses consecutivos.

¿Puede mi ex evitar el embargo de sus pagas extraordinarias cambiando de trabajo?

No. Aunque el deudor cambie de trabajo, la obligación de pago persiste y el embargo puede trasladarse a su nuevo empleador. Si detectas que ha cambiado de trabajo, puedes solicitar al juzgado que requiera información a la Tesorería General de la Seguridad Social para localizar al nuevo empleador y trasladar la orden de embargo. El cambio de trabajo no extingue la obligación ni impide el embargo de todos sus ingresos, incluidas las pagas extras.

¿Qué documentación necesito para solicitar el embargo de nómina y pagas extras?

Necesitarás aportar la sentencia o convenio regulador que establece la pensión, documentación que acredite los impagos (extractos bancarios, requerimientos previos, etc.), y, si es posible, información sobre el empleador del deudor. Es recomendable contar con asesoramiento legal para asegurar que la solicitud de embargo incluye expresamente las pagas extraordinarias y se ajusta a todos los requisitos legales para maximizar su efectividad.

Conclusión

Si estás sufriendo el impago de pensiones, ahora ya sabes que no solo puedes embargar la nómina mensual sino también las pagas extraordinarias. Este conocimiento te da una herramienta poderosa para hacer valer tus derechos y los de tus hijos. No permitas que los impagos continúen afectando vuestra calidad de vida cuando la ley está de tu parte.

Actuar con rapidez y contar con asesoramiento especializado marcará la diferencia en la recuperación efectiva de las cantidades adeudadas. Recuerda que cada caso es único, pero el derecho a embargar todos los ingresos del deudor, incluidas las pagas extras, es universal en nuestro ordenamiento jurídico.

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Pablo Ródenas

Abogado ejerciente del ICAM con más de 15 años de experiencia. Colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, colegiado número de colegiado 128.064. Especializado en penal, familia e inmobiliario Actual Director del bufete Ródenas Abogados y Asociados S.L.U. Licenciado en Derecho por la Universidad Instituto de Estudios Bursátiles (I.E.B.) con Máster de Acceso a la Abogacía.

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