Si te encuentras en la difícil situación de estar pendiente del cobro de una pensión alimenticia mientras tu ex pareja ha recibido una indemnización por despido, seguramente te preguntas: ¿Embargan la indemnización por despido si debo pensión alimenticia? Esta es una preocupación legítima que afecta a muchas familias en España, especialmente cuando existen menores cuyos derechos deben ser protegidos.
Comprendo perfectamente tu inquietud. Después de más de 15 años asesorando a personas en tu situación, puedo asegurarte que existen mecanismos legales efectivos para garantizar el pago de las pensiones alimenticias. En este artículo, te explicaré detalladamente cómo funciona el embargo de indemnizaciones por despido cuando hay deudas por alimentos pendientes.
¿Es embargable la indemnización por despido para pagar pensiones alimenticias?
La respuesta es sí, las indemnizaciones por despido son embargables para el pago de pensiones alimenticias. De hecho, la legislación española otorga una protección especial a las deudas por alimentos, considerándolas prioritarias frente a otro tipo de obligaciones económicas.
Según establece el artículo 607.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, cuando se trata de deudas por alimentos, el embargo puede alcanzar hasta el 50% del salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente que exceda del salario mínimo interprofesional. En el caso específico de las indemnizaciones por despido, estas son consideradas como retribuciones y, por tanto, están sujetas a embargo.
Es importante destacar que, a diferencia de otros tipos de deudas, las pensiones alimenticias gozan de una protección reforzada. Como me comentaba recientemente una clienta: «Pensaba que mi ex podría escudarse en su despido para seguir sin pagar la pensión de nuestros hijos, pero gracias al embargo de su indemnización, finalmente pudimos recuperar seis meses de atrasos».
Procedimiento para embargar una indemnización por despido ante impagos de pensión
Si te encuentras en la situación de necesitar embargar la indemnización por despido de tu ex pareja por deudas de pensión alimenticia, debes conocer el procedimiento legal a seguir:
- Presentación de demanda ejecutiva: El primer paso es interponer una demanda de ejecución de sentencia ante el mismo juzgado que dictó la resolución donde se estableció la pensión alimenticia.
- Decreto de embargo: Una vez admitida la demanda, el juzgado dictará un auto despachando ejecución y posteriormente un decreto con las medidas ejecutivas concretas.
- Investigación patrimonial: El juzgado realizará una investigación sobre los bienes del deudor, incluyendo posibles indemnizaciones por despido.
- Orden de retención: Si se confirma la existencia de una indemnización por despido, el juzgado ordenará a la empresa la retención de la cantidad correspondiente.
La clave está en actuar con rapidez. En mi experiencia, muchos deudores intentan cobrar la indemnización y disponer de ella antes de que se haga efectivo el embargo. Por eso, es fundamental solicitar medidas cautelares urgentes cuando se tiene conocimiento del despido.
Límites legales en el embargo de indemnizaciones por despido
Aunque la ley prioriza el pago de pensiones alimenticias, existen ciertos límites que debemos conocer:
- La parte correspondiente al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es inembargable, excepto para deudas de alimentos, donde puede embargarse hasta el 50% de dicha cantidad.
- Para el resto de la indemnización, se aplica una escala progresiva según el artículo 607.2 de la LEC:
- Para la parte que exceda del SMI y no supere el doble: 30%
- Para la cantidad que exceda del doble y no supere el triple: 50%
- Para la cantidad que exceda del triple y no supere el cuádruple: 60%
- Para la cantidad que exceda del cuádruple y no supere el quíntuple: 75%
- Para cualquier cantidad que exceda del quíntuple: 90%
Sin embargo, cuando se trata de deudas por alimentos a hijos o al cónyuge, el juez puede aumentar estos porcentajes en un 10-15% adicional, según establece el artículo 608 de la LEC.
¿Qué ocurre si el deudor de pensión alimenticia oculta la indemnización por despido?
Una situación frecuente es que el deudor intente ocultar la indemnización por despido para evitar el embargo por pensiones alimenticias impagadas. Ante esta circunstancia, existen varias medidas que puedes tomar:
En primer lugar, si tienes conocimiento del despido pero sospechas que tu ex pareja está ocultando la indemnización, puedes solicitar al juzgado una investigación patrimonial exhaustiva. Esta incluirá:
- Consulta a la Tesorería General de la Seguridad Social sobre la situación laboral
- Solicitud de información a la Agencia Tributaria
- Requerimiento de información a entidades bancarias
- Oficio a la empresa para que informe sobre la indemnización pagada
Además, es importante saber que ocultar bienes en un procedimiento de ejecución puede constituir un delito de alzamiento de bienes, tipificado en el artículo 257 del Código Penal, con penas de hasta cuatro años de prisión.
Te cuento lo que realmente funciona: actuar preventivamente. En muchos casos he recomendado solicitar al juzgado que oficie directamente a la empresa cuando se tiene conocimiento del despido, antes incluso de que se haga efectivo el pago de la indemnización.
Consecuencias legales del impago de pensiones cuando existe capacidad económica
Cuando una persona recibe una indemnización por despido y, aun así, no cumple con sus obligaciones de pensión alimenticia, puede enfrentarse a graves consecuencias legales:
- Responsabilidad civil: Además de la cantidad adeudada, deberá pagar intereses legales y costas judiciales.
- Posible delito de abandono de familia: El artículo 227 del Código Penal establece penas de prisión de tres meses a un año o multa de 6 a 24 meses para quien deje de pagar cualquier tipo de prestación económica a favor de su cónyuge o hijos durante dos meses consecutivos o cuatro no consecutivos.
- Inclusión en el Registro de Deudores de Pensiones Alimenticias: Este registro, creado por la Ley 13/2022, permite un mayor control sobre los impagos.
Recuerdo el caso de un cliente cuyo ex cónyuge recibió una indemnización de 45.000€ por despido improcedente y, a pesar de ello, seguía sin pagar la pensión de sus dos hijos. Tras el procedimiento de embargo, no solo se recuperaron los 8.000€ de atrasos, sino que el juzgado estableció una retención preventiva para garantizar pagos futuros.
Alternativas cuando no es posible embargar la indemnización por despido
En ocasiones, a pesar de nuestros esfuerzos, no conseguimos embargar a tiempo la indemnización por despido para cobrar la pensión alimenticia adeudada. En estos casos, existen alternativas que debemos considerar:
1. Fondo de Garantía del Pago de Alimentos (FGPA)
Este fondo público, regulado por el Real Decreto 1618/2007, garantiza el pago de alimentos reconocidos e impagados a favor de los hijos menores de edad en convenios judicialmente aprobados o resolución judicial. Las características principales son:
- Anticipa un máximo de 100€ mensuales por cada beneficiario
- El periodo máximo de percepción es de 18 meses
- Es necesario haber agotado las vías de ejecución judicial
2. Embargo de otros bienes
Si la indemnización ya ha sido cobrada y gastada, podemos solicitar el embargo de otros bienes siguiendo el orden establecido en el artículo 592 de la LEC:
- Dinero o cuentas corrientes
- Créditos y derechos realizables a corto plazo
- Joyas y objetos de arte
- Rentas en dinero
- Intereses, rentas y frutos de toda especie
- Bienes muebles o semovientes
- Bienes inmuebles
- Sueldos, salarios, pensiones e ingresos procedentes de actividades profesionales
3. Vía penal por abandono de familia
Como mencioné anteriormente, el impago de pensiones alimenticias puede constituir un delito de abandono de familia. La denuncia penal puede ser una herramienta de presión efectiva, especialmente cuando existe capacidad económica demostrada (como haber recibido una indemnización por despido).
Preguntas frecuentes sobre el embargo de indemnizaciones por despido y pensiones alimenticias
¿Puede el deudor solicitar la modificación de la pensión tras un despido?
Sí, el deudor puede solicitar una modificación de medidas alegando un cambio sustancial de circunstancias como es la pérdida del empleo. Sin embargo, esto no le exime de pagar las cantidades ya devengadas y, además, la recepción de una indemnización por despido suele considerarse por los tribunales como un ingreso que permite seguir cumpliendo con la obligación de alimentos, al menos temporalmente.
La jurisprudencia del Tribunal Supremo, en sentencias como la STS 250/2013 de 30 de abril, establece que la modificación de la pensión solo procede cuando el cambio de circunstancias es sustancial, permanente y no fue previsto en el momento de establecerse la pensión.
¿Qué ocurre si el deudor se declara en situación de desempleo sin derecho a prestación?
Aunque el deudor se encuentre en situación de desempleo sin derecho a prestación tras agotar su indemnización por despido, la obligación de pagar la pensión alimenticia persiste. Los tribunales consideran que la obligación de alimentos es de las más importantes del ordenamiento jurídico y solo en casos extremos de absoluta imposibilidad puede suspenderse temporalmente.
En estos casos, el juzgado valorará la situación real del deudor, incluyendo su capacidad para obtener ingresos, patrimonio existente y otras circunstancias. Como señaló la Audiencia Provincial de Barcelona en su sentencia de 22 de marzo de 2018: «La falta de medios debe ser real y efectiva, no bastando con la mera alegación de desempleo cuando existen indicios de capacidad económica».
Conclusión
Si te enfrentas a impagos de pensión alimenticia mientras el deudor ha recibido una indemnización por despido, tienes herramientas legales efectivas a tu disposición. La ley prioriza claramente el derecho de los hijos a recibir alimentos, permitiendo el embargo de indemnizaciones por despido con condiciones más favorables que para otras deudas.
La clave está en actuar con rapidez y asesorarse adecuadamente. Recuerda que no estás solo en este proceso y que existen profesionales especializados que pueden ayudarte a garantizar los derechos de tus hijos. No dudes en contactar con un abogado especialista que pueda orientarte sobre los pasos específicos a seguir en tu caso particular.
Preguntas Frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar pensiones alimenticias impagadas cuando hay una indemnización por despido?
Las pensiones alimenticias tienen un plazo de prescripción de 5 años según establece el artículo 1966 del Código Civil. Esto significa que puedes reclamar hasta 5 años de pensiones atrasadas. Sin embargo, en el caso específico de embargar una indemnización por despido, es crucial actuar con la máxima celeridad posible, idealmente en cuanto tengas conocimiento del despido, para evitar que el deudor disponga de esos fondos antes de que se haga efectivo el embargo.
¿Puede mi ex ir a la cárcel por no pagar la pensión alimenticia aunque haya cobrado una indemnización?
Sí, es posible. El hecho de haber recibido una indemnización por despido y, aun así, no pagar la pensión alimenticia puede considerarse un agravante en un procedimiento penal por abandono de familia (art. 227 CP). Este delito está castigado con penas de prisión de tres meses a un año o multa de 6 a 24 meses. Aunque tradicionalmente se han impuesto más multas que penas de prisión, los tribunales están siendo cada vez más severos, especialmente cuando se demuestra capacidad económica del deudor, como ocurre cuando ha recibido una indemnización.
¿Qué pruebas necesito para embargar la indemnización por despido de mi ex por deudas de pensión?
Para embargar una indemnización por despido necesitarás principalmente: 1) La sentencia o convenio regulador donde se establece la pensión alimenticia, 2) Prueba de los impagos (extractos bancarios, requerimientos previos, etc.), 3) Cualquier información sobre el despido (puede ser un correo, mensaje o incluso información de terceros que el juzgado investigará). Con estos documentos, tu abogado podrá presentar la demanda ejecutiva y solicitar medidas urgentes para el embargo. El juzgado realizará la investigación patrimonial correspondiente para verificar la existencia y cuantía de la indemnización.


