Entiendo perfectamente tu preocupación si te estás preguntando ¿El FGPA me paga también los gastos de colegio y médico? Tras más de 15 años asesorando a madres y padres en situaciones de impago, puedo asegurarte que esta duda es muy común y totalmente legítima cuando te enfrentas a la irresponsabilidad de quien debería velar por sus hijos.

¿Qué gastos cubre realmente el Fondo de Garantía de Pensiones Alimenticias?

El Fondo de Garantía de Pensiones Alimenticias (FGPA) representa una tabla de salvación para muchas familias, pero es fundamental entender sus límites. El FGPA está diseñado exclusivamente para cubrir la pensión alimenticia básica, aquella cantidad fija mensual establecida en sentencia judicial.

Recuerdo el caso de Marta, una madre de dos niños de 7 y 9 años que acudió a mi despacho desesperada. Su exmarido llevaba 8 meses sin pagar la pensión de 350€ mensuales, y además se acumulaban facturas del colegio concertado y tratamientos de ortodoncia. La pregunta que me hizo con lágrimas en los ojos fue precisamente: «¿El FGPA me pagará también estos gastos extraordinarios?»

Lamentablemente, tuve que explicarle que el FGPA no cubre gastos extraordinarios como matrículas escolares, uniformes, actividades extraescolares, tratamientos médicos no cubiertos por la Seguridad Social o clases particulares. Estos gastos, aunque reconocidos en la sentencia como obligación del progenitor no custodio, quedan fuera del paraguas protector del Fondo.

Alcance y limitaciones del FGPA respecto a gastos educativos y sanitarios

La normativa que regula el Fondo de Garantía de Pensiones (Real Decreto 1618/2007) establece claramente que su finalidad es garantizar el pago de alimentos reconocidos e impagados establecidos en convenio judicialmente aprobado o resolución judicial. Sin embargo, existe una importante distinción:

  • Lo que SÍ cubre el FGPA: La pensión alimenticia básica mensual (con límites cuantitativos)
  • Lo que NO cubre el FGPA: Gastos extraordinarios educativos o médicos

¿Te preguntas si el FGPA podría ayudarte con esos gastos de colegio o médicos que se acumulan? La respuesta técnica es negativa, pero no todo está perdido. Existen vías alternativas para reclamar estos importes que muchas familias desconocen.

Cuantías y límites del FGPA

Antes de explorar alternativas, es importante conocer que el FGPA tiene límites estrictos:

  • Cantidad máxima por beneficiario: 100 euros mensuales
  • Duración máxima: 18 mensualidades
  • Requisito económico: ingresos de la unidad familiar no superiores a cierto umbral

Como ves, incluso para la pensión básica, el Fondo ofrece una ayuda limitada. En mi experiencia, muchas familias se sorprenden al descubrir que el FGPA apenas cubre una parte de sus necesidades reales.

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¿Cómo reclamar los gastos de colegio y médicos si el FGPA no los cubre?

Aunque el FGPA no cubra estos gastos extraordinarios, existen mecanismos legales efectivos para reclamarlos:

Procedimiento de ejecución de sentencia

La vía más directa es acudir al juzgado que dictó la sentencia de divorcio o medidas paterno-filiales y solicitar la ejecución forzosa. Este procedimiento permite:

  • Reclamar tanto la pensión básica como los gastos extraordinarios impagados
  • Solicitar el embargo de cuentas bancarias, nómina o bienes del deudor
  • Añadir intereses legales a la deuda (interés legal más dos puntos)

Ana, una clienta que asesoré el año pasado, logró recuperar más de 4.800€ en gastos de un colegio privado y tratamiento de logopedia mediante esta vía, tras casi dos años de impagos sistemáticos por parte de su expareja.

Diferencias entre gastos ordinarios y extraordinarios: lo que debes saber

Uno de los principales motivos de confusión respecto a si el FGPA cubre gastos educativos o médicos radica en la distinción entre gastos ordinarios y extraordinarios:

  • Gastos ordinarios: Aquellos incluidos en la pensión alimenticia básica (alimentación, vestido, higiene, vivienda, suministros básicos)
  • Gastos extraordinarios: Aquellos imprevisibles, no periódicos y necesarios (operaciones médicas no cubiertas por la seguridad social, tratamientos especiales, matrículas escolares, etc.)
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El Tribunal Supremo, en sentencias como la STS 579/2014, ha establecido criterios claros para diferenciar ambos tipos de gastos. El FGPA solo cubre los ordinarios incluidos en la pensión básica, dejando los extraordinarios fuera de su ámbito de protección.

Cuando los gastos médicos o educativos se convierten en ordinarios

Existe un matiz importante: si en tu convenio regulador se estableció que ciertos gastos médicos o educativos recurrentes (como un seguro médico privado o la mensualidad de un colegio) forman parte de la pensión alimenticia ordinaria, esa parte específica sí podría estar cubierta por el FGPA, siempre dentro de sus límites cuantitativos.

Pasos prácticos si necesitas reclamar gastos educativos y médicos

Si te encuentras en la situación de que el otro progenitor no paga los gastos de colegio o médicos, te recomiendo seguir estos pasos:

  1. Recopila toda la documentación: Facturas, recibos, informes médicos, comunicaciones previas de reclamación
  2. Revisa tu convenio regulador: Identifica cómo están clasificados estos gastos
  3. Solicita el FGPA para la pensión básica: Al menos aseguras esta parte
  4. Inicia procedimiento de ejecución: Para reclamar los gastos extraordinarios no cubiertos
  5. Valora la vía penal: En casos de impagos reiterados y conscientes (delito de abandono de familia, art. 227 CP)

La clave está en actuar con rapidez. Cada mes que pasa sin reclamar formalmente es un mes que podría prescribir (recuerda que las pensiones alimenticias prescriben a los 5 años según el art. 1966 del Código Civil).

Preguntas frecuentes sobre el FGPA y los gastos educativos y médicos

¿Puedo acceder al FGPA si solo me deben gastos extraordinarios de colegio y médicos?

No, el acceso al FGPA requiere impago de la pensión alimenticia básica. Si solo se adeudan gastos extraordinarios, deberás reclamarlos por la vía de ejecución de sentencia directamente.

¿Qué documentación necesito para reclamar gastos médicos y educativos impagados?

Necesitarás la sentencia o convenio donde se establezca la obligación de pago compartido, las facturas o recibos originales, prueba de haber informado al otro progenitor (cuando sea necesario según convenio), y justificante de haber asumido tú el pago.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar los gastos extraordinarios impagados?

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Dispones de 5 años desde que se produjo el impago, según el plazo de prescripción establecido en el artículo 1966 del Código Civil para las pensiones alimenticias y gastos asociados.

Conclusión

Aunque la respuesta a ¿El FGPA me paga también los gastos de colegio y médico? sea generalmente negativa, existen mecanismos legales efectivos para recuperar estos importes. No permitas que la irresponsabilidad del otro progenitor afecte al bienestar y desarrollo de tus hijos. Actúa con rapidez, documenta todo meticulosamente y, si lo necesitas, busca asesoramiento legal especializado. Recuerda que defender los derechos económicos de tus hijos es también proteger su futuro.